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Instrumentos Protocolares

Asuntos no contenciosos 

1. Requisitos para rectificación de partida

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Sucesión intestada

  • Partida de defunción del causante (de la persona de quien se tramitara la sucesión)

  • Partida de matrimonio del causante, si hubiera sido casado (a) para que su cónyuge superstite  acredite su derecho.

  • Partidas de nacimiento de los hijos del causante  (si los tuvieran).

  • Fotocopia del DNI del solicitante o heredero.

  • Certificados negativos de sucesión intestada y testamento, (esto será tramitado por la notarÍa ).

  • Adicionalmente: si el causante hubiera adquirido algún bien mueble o inmueble también se deberá inscribir la sucesión intestada en los registros correspondientes, cuyos costos son adicionales al indicado en esta hoja, si fuera este su caso preguntar costos aproximados, asimismo traer los siguientes documentos:

  • Para inmueble: título de propiedad inmueble, certificado registral inmobiliario, titulo de propiedad, impuestos prediales cancelados HR y PU, (Lima y provincias)

  • Para vehículo: tarjeta de propiedad vehicular, gravamen vehicular, (Lima y provincias)

  • Las partidas serán calificadas previamente, con la finalidad de comprobar que el nombre del difunto es el mismo que aparece en cada una de las partidas de sus herederos, caso contrario, tendrá que iniciarse un tramite no contencioso de rectificación partida.

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 Nota importante :​

  • Las partidas, certificado registral inmobiliario, gravámenes, deberán ser presentadas en original,

  • En el caso de títulos de propiedad original y una fotocopia, impuestos prediales HR y PU originales y 2 juegos de fotocopias.

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2. Requisitos para patrimonio familiar

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  • Original y copia del  titulo de propiedad  a nombre de los constituyentes  con el cual acrediten ser propietarios 

  • Original y 1 fotocopia de documento nacional de identidad  de  todas las partes, si se ha tramitado uno nuevo deberá presentar este ultimo con la ultima constancia de sufragio.

  • Gravamen de propiedad con una antigüedad no mayor a 30 días, (solicitar en el registro publico tiempo de tramite  5 días útiles aproximadamente).

  • Original y 2 fotocopias de los recibos de cancelación de impuestos prediales y del HR y PU de todo el  año.   

  • Original y 1 copia de la constancia de no adeudo expedida por la municipalidad correspondiente.

  • Partida de matrimonio.

  • Partida de nacimiento de los hijos menores de edad.

  • Declaración jurada con firmas legalizadas de los solicitantes con declaración que no mantener deuda con tercero

  • Informe emitido por INFOCORP que los solicitantes no mantienen deudas o acreencias vencidas.

  • En caso de traer la solicitud  esta deberá estar autorizada por abogado y suscrita por los constituyentes.

 

Adicionalmente:

 

  • Si los constituyentes tuvieran representantes legales, vigencia de poder actualizada emitida por registro publico (original).

 

Nota Importante:

 Todos los requisitos sin excepción son necesarios para solicitar el trámite, caso contrario se esperara el tiempo necesario hasta completarlos.

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3. Requisitos divorcios

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  • Separación de patrimonios – testimonio (De ser el caso deberán liquidar los bienes sociales – testimonio)

  • No tener hijos menores de edad – de ser el caso deberán tener sentencia firme o acta de conciliación con el acuerdo por tenencia, custodia, alimentos y patria potestad y traer partidas de nacimiento (dentro de los 30 días de la fecha de presentación de la solicitud).

  • DNI de cada uno de los cónyuges.

  • Partida de matrimonio (dentro de los 30 días de la fecha de presentación de la solicitud).

  • Declaración señalando el ultimo  domicilio conyugal.

 

El trámite:

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  • Se presenta la solicitud y el notario en un plazo máximo de 15 días, citará a las partes para la audiencia.

  • Para la audiencia se requiere la presencia de ambos cónyuges o sus representantes.

  • El notario declara la separación convencional entre cónyuges y transcurridos dos meses de emitida el acta notarial con la separación convencional, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la disolución del vinculo matrimonial.

  • En caso de no estar presente algunos de los cónyuges, se requiere un poder por escritura publica especial para este tramite debidamente inscrito en el registro de mandatos y poderes de Lima.

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4. Requisitos Unión de Hecho

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  • Solicitud/minuta firmada por ambos solicitantes autorizada por abogado. 

  • Copia del DNI de ambos solicitantes.

  • Declaración expresa de los solicitantes indicando que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer.

  • Certificación de soltería expedida por RENIEC

  • Certificado domiciliario de los solicitantes 

  • Certificado negativo de unión de hecho del varón y de la mujer expedido por el Registro Personal de la Oficina Registral donde domicilian los solicitantes.

  • Declaración de los 2 testigos, que indican que los solicitantes conviven por 2 años continuos o más. 

  • Otros documentos que acrediten la convivencia por 2 años o más, por ejemplo partida de nacimiento de hijos, si los hubiere.

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5. Prescripción 

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5a. Requisitos prescripción vehicular

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  • Solicitud firmada por el interesado y los testigos propuestos, autorizada por abogado.

  • Copia literal de la partida registral del vehículo o certificación de no encontrarse inscrito en el Registro de Propiedad Vehicular.

  • Declaración testimonial de no menos de tres ni más de seis testigos mayores de veinticinco años.

  • Certificación expedida por la Dirección de Investigación de Robo de Vehículos (DIROVE) de la Policía Nacional del Perú en la que conste que el vehículo no tiene afectaciones por robo.

  • Evidencia de la posesión del vehículo.

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5b. Requisitos prescripción adquisitiva de dominio

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Quienes deseen que se les declare propietarios de un inmueble vía prescripción adquisitiva deberá demostrar la posesión de forma continua pacifica y publica  durante 10 años, para tal efecto deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 

1. Deberá presentar una solicitud firmada por el/los solicitante/s, por los testigos y autorizada por abogado,  en cuyo contenido se deberá indicar lo siguiente:

  • Tiempo de posesión  del/los  solicitante/s  la de sus causantes (mas de diez años).

  • Fecha y forma de adquisición

  • Nombres de los titulares registrales

  • Nombres y domicilio de notificación de los propietarios u ocupantes de los bienes colindantes.

  • Nombres y  domicilio de los testigos.

  • Se describirá el inmueble con la mayor exactitud posible  acompañando:

    • Planos de ubicación

    • Planos perimétricos, así como

    • Descripción de las edificaciones existentes suscritos por ingeniero o arquitecto colegiado y debidamente visados por la autoridad municipal o administrativa correspondiente, según sea la naturaleza del bien;

    • Y cuando sea el caso, certificación municipal o administrativa sobre la persona que figura como propietaria o poseedora del bien

2. Comprobantes de pago de los tributos que afecten el bien (HR y PU, impuestos prediales, arbitrios a nombre del solicitante por mas de diez años).

3. Tratándose de bienes inscribibles en los registros públicos  copia literal de los asientos respectivos de los últimos diez años o certificación que acredite que los bienes no se encuentran inscritos.

4. Copias literales de las propiedades colindantes 

5. Se ofrecerá necesariamente como prueba la declaración testimonial de no menos de 3 ni más de 6 personas, mayores de 25 años de edad quienes deben declarar que conocen al solicitante, especificando el tiempo en que dicha persona viene poseyendo el inmueble, fotocopia de documentos de identidad. 

6. El notario publicara por tres veces con intervalo de tres días en el peruano y en otro de mayor circulación.

 

Nota Importante

El presente trámite comprende también a la declaración de prescripción adquisitiva de dominio de terrenos ubicado en zonas urbanas que no cuenten con edificaciones.

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6. Requisitos para sucesión intestada o declaratoria de herederos

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  • Copia certificada de la partida de defunción del causante (fallecido (a)

  • Copia certificada de la partida de matrimonio del causante si fuera el caso.

  • Copia certificada de la partidas de nacimiento de los hijos del causante si fuera el caso.

  • Fotocopia del DNIi del solicitante

  • Certificados negativos de sucesión intestada y testamento (estos documentos se encargara la notaria de tramitarlos en el registro publico.

  • Publicaciones (tramitado por la notaria)

 

Adicionalmente:

 

Si el causante hubiera adquirido algún bien mueble o inmueble traer los siguientes documentos:

 

  • Para inmueble: titulo de propiedad inmueble, certificado registral inmobiliario, titulo de propiedad, impuestos prediales cancelados HR y PU, (Lima y provincias)

  • Para vehículo: tarjeta de propiedad vehicular, gravamen vehicular, (Lima y provincias)

 

Asimismo, se deberá inscribir la sucesión en el registro que corresponda, los costos serán adicionales a los indicados en esta hoja, si fuera este su caso preguntar presupuesto.

 

Trámite:

 

Las partidas serán calificadas previamente con la finalidad de verificar que el nombre del causante este indicado de la forma correcta y completa en cada una de las partidas de sus supuestos herederos, caso contrario, tendrá que iniciarse un tramite no contencioso de rectificación de partida.

 

 Nota importante:

 

Copias certificadas de las partidas de nacimiento, defunción, matrimonio, certificado registral inmobiliario, gravámenes, etc. Deberán ser presentadas en original.

En el caso de títulos de propiedad original y copia, impuestos prediales HR y PU original y 2 juegos de fotocopias, tarjeta de propiedad original y copia.

 

Se cobrará costos adicionales en caso hubiera propiedad inmueble, vehicular o  personas jurídicas.

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7. Requisitos para adopción de personas capaces

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  • Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptante y de matrimonio si es casado.

  • Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptado y de matrimonio si es casado.

  • Documentos que acredite que las cuentas de la administración sean aprobadas, si el solicitante ha sido representante del adoptado.

  • Testimonio del inventario de los bienes que tuviere el adoptado.

  • Certificado negativo de union de hecho si el adoptante o adoptado es soltero.

  • Certificado negativo de tutela o curatela del adoptado.

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8. Requisitos para designación de apoyo para personas adultas mayores para el cobro de pensiones, devolución de dinero de FONAVI

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  • 2 testigos  que conozcan a la persona adulta mayor y den fe de la imposibilidad que tiene de manifestar su voluntad.

  • Declaración jurada de la persona que será designada como apoyo de no tener antecedentes penales, policiales y judiciales.

  • Declaración jurada de la persona que va ser designada como apoyo de no ser deudor alimentario.

  • Documento que acredite la condición de apoyo (cónyuge, conviviente, descendiente, hermanos o persona que venga prestando apoyo)

  • Resolución directorial de la dirección de personas adultas mayores del ministerio de la mujer y poblaciones vulnerables en caso de director de un centro de atención o asistencia a personas adultas.

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Rectificación de partida
Patrmonio Familiar
Divorcios
Unión de hech
Prescripción
Sucesion intestada
adopcion
fonavi
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